En España muchas personas pueden reclamar lo que se les retuvo anteriormente en concepto de IRPF por la maternidad o paternidad y ya se empieza a devolver este importe que en total supone unos 1.200 millones que beneficia a más de un millón de padres y madres.
Así que si has sido madre o padre esta entrada de Abogado en Sevilla te va a interesar, ya que vamos a resolver tus dudas sobre el proceso señalando todo esencial que debes conocer sobre esta devolución del impuesto sobre la renta de las personas físicas:
¿Qué es la prestación por maternidad o paternidad?
Estas prestaciones son subsidios que reciben tanto madres como padres trabajadores durante su baja por maternidad o paternidad.
En el pasado se debía tributar en el IRPF por esta prestación recibida como rendimientos del trabajo, pero en la actualidad ya están exentas de IRPF tras una sentencia del Tribunal Supremo.
¿Quién puede reclamar?
Madres y padres pueden reclamar en estos momentos la devolución de lo que les fue retenido en su momento, concretamente quienes hayan recibido dicha prestación en los ejercicios 2014 en adelante, puesto que el 2013 y anteriores estarían prescritos.
¿Cómo realizo la reclamación de mi devolución del IRPF?
El proceso para reclamar la devolución de tu IRPF consiste en rellenar un formulario disponible en la página web de la Agencia Tributaria y que se puede presentar tanto por vía telemática como imprimiendo en papel y entregándolo en cualquier delegación de la Agencia Tributaria.
Desde la Administración recomiendan en caso de querer especificar alguna situación concreta, presentar un escrito de rectificación y devolución de ingresos indebidos explicando el caso concreto.
¿Cuándo recibiré la devolución?
Las retenciones de 2014 y 2015 se devolverán antes de abril del año 2019, según asegura Hacienda.
¿Y si recibí la prestación en 2016 o 2017?
Si recibiste la prestación en estos años tendrás que esperar a enero de 2019, momento en que saldrá el modelo para presentar la reclamación del IRPF por maternidad o paternidad, una espera con la que se prevé evitar colapsos en el sistema.
En última instancia, las personas que hayan tenido retenciones por su maternidad o paternidad en el año 2018, se les regulará con la campaña de la renta de 2018, que se presentará en los meses de abril, mayo y junio del 2019.
Si fuiste mamá o papá entre 2014 y 2018 y recibiste alguna prestación, no dudes en reclamar el IRPF por maternidad o paternidad, contacta con Abogados en Sevilla y consulta con abogados expertos sobre tu devolución del IRPF.
Deja un comentario